Parte I — Disposiciones generales
1. Aceptación
El acceso y uso del sitio www.saludprimero.cl (en adelante, el "Sitio") implica la aceptación plena de estos Términos y Condiciones por parte del visitante o usuario. Si no estás de acuerdo con cualquiera de sus cláusulas, te pedimos no continuar utilizando el Sitio ni contratar los servicios profesionales aquí descritos.
2. Identidad del estudio
El Sitio es operado por Asesorías e Investigaciones Jurídicas Ltda., sociedad chilena domiciliada en Santiago, dirigida por Diego Alberto Maldonado Rosas (Abogado UC, miembro del Colegio de Abogados A.G.), que opera bajo la marca comercial Salud Primero (en adelante, "el Estudio").
El Estudio es una sociedad de profesionales, conformada por abogados habilitados para el ejercicio de la profesión en Chile, con título profesional vigente y juramento prestado ante la Excma. Corte Suprema, conforme a lo dispuesto en el Título XV del Código Orgánico de Tribunales.
Datos de contacto:
- Correo: abogados@saludprimero.cl
- Sitio web: www.saludprimero.cl
3. Naturaleza del Sitio y de su contenido
El Sitio tiene un fin informativo y comercial: presenta los servicios del Estudio en materia de derecho de la salud (recursos de protección por cobertura de salud mental, negligencias médicas y materias relacionadas), publica contenido educativo y permite a los usuarios solicitar una evaluación inicial gratuita mediante el formulario de contacto.
Todo el contenido publicado en el Sitio —incluyendo textos de páginas, preguntas frecuentes, artículos del blog, ejemplos y referencias a jurisprudencia— tiene carácter exclusivamente informativo y educativo. Su objetivo es ayudar a las personas a comprender, en términos generales, derechos y mecanismos vinculados al derecho de la salud chileno.
El contenido publicado no necesariamente se aplica a la problemática de salud o jurídica específica que tenga cada persona. Cada caso es único y depende de antecedentes particulares que solo pueden ser evaluados a la luz de la documentación, historia clínica y contrato de salud propios del consultante.
4. No constituye asesoría legal específica
La información publicada en el Sitio no constituye asesoría legal específica para tu caso ni reemplaza la consulta directa con un abogado. Las soluciones, plazos, criterios jurisprudenciales y costos referenciales mencionados pueden variar significativamente según las circunstancias del caso concreto. Véase también nuestro Disclaimer profesional.
5. Uso permitido del Sitio
Te comprometes a usar el Sitio de buena fe, respetando la ley vigente y absteniéndote de realizar actos que afecten su funcionamiento, alteren sus contenidos o comprometan su seguridad. Queda prohibida la reproducción no autorizada de los contenidos del Sitio con fines comerciales.
6. Propiedad intelectual
Los textos, gráficos, logos, marcas y demás materiales del Sitio son de titularidad de Asesorías e Investigaciones Jurídicas Ltda. o están utilizados con la respectiva licencia o autorización. Su reproducción total o parcial requiere autorización previa por escrito.
7. Enlaces externos
El Sitio puede contener enlaces a páginas de terceros (por ejemplo, fuentes oficiales, revistas científicas, redes sociales). El Estudio no se hace responsable del contenido ni de las políticas de privacidad de esos sitios externos.
8. Limitación de responsabilidad por uso del Sitio
En la medida permitida por la ley, el Estudio no responde por daños indirectos derivados del uso del Sitio o de la imposibilidad de acceder a él. Los plazos, costos y criterios publicados son referenciales y pueden variar caso a caso.
Parte II — Términos del Servicio Profesional
9. Formación de la relación abogado-cliente
La mera consulta del Sitio, el envío del formulario de contacto, el intercambio de correos electrónicos o cualquier comunicación previa al encargo profesional no genera, por sí solos, una relación abogado-cliente entre el usuario y el Estudio.
Mientras no exista una contratación específica de servicios profesionales entre las partes, formalizada por escrito y aceptada por ambas, no se entiende constituida la relación abogado-cliente y, por tanto, el Estudio no asume obligación profesional alguna respecto del caso planteado.
La relación abogado-cliente nace únicamente cuando concurren los siguientes elementos: (i) propuesta de servicios profesionales emitida por el Estudio, (ii) aceptación expresa por escrito del cliente, (iii) en el caso del recurso de protección por cobertura de salud mental, además, las condiciones de honorarios publicadas en el Sitio, y (iv) cuando corresponda, otorgamiento del respectivo patrocinio y poder o mandato judicial conforme a la Ley N° 18.120 sobre comparecencia en juicio.
10. Servicios ofrecidos
El Estudio presta servicios jurídicos en las siguientes áreas:
- Recursos de protección por cobertura de salud mental ante Isapres, conforme a la Ley N° 21.331 y a la jurisprudencia constitucional vigente.
- Negligencias médicas, incluyendo asesoría, reclamos administrativos, denuncias ante la Superintendencia de Salud, demandas civiles y, cuando proceda, acciones penales.
- Materias conexas al derecho de la salud que el Estudio acuerde tomar caso a caso.
11. Honorarios
Principio general: el Estudio solamente cobra honorarios profesionales que hayan sido acordados por escrito entre las partes. Bajo ninguna circunstancia el Estudio facturará honorarios que no consten en un acuerdo escrito previo y aceptado por el cliente.
11.1. Recurso de protección por cobertura de salud mental
Para este servicio, el Estudio cobra el honorario único publicado en el Sitio al momento de la contratación. Los términos económicos aplicables son exclusivamente los publicados en la página de Reembolsos de salud mental y en la página de inicio, salvo acuerdo escrito posterior en contrario.
Dicho honorario único cubre la tramitación del recurso de protección desde su presentación ante la Corte de Apelaciones correspondiente y, en caso de apelación, su sostención ante la Excma. Corte Suprema, sin cargos adicionales por la etapa de apelación natural del procedimiento. Recursos extraordinarios o gestiones ajenas a la tramitación natural del recurso de protección no están comprendidos en este honorario y, en su caso, requerirán acuerdo escrito separado.
El honorario se devenga y cobra recién una vez presentado el recurso ante la Corte de Apelaciones, según se publica en el Sitio.
11.2. Negligencias médicas
Por la naturaleza, complejidad y vía procesal de cada caso, los honorarios profesionales en materia de negligencias médicas se acuerdan mediante propuesta escrita emitida por el Estudio, la que debe ser aceptada por escrito por el cliente para producir efectos. Sin propuesta escrita aceptada por el cliente, no se devenga honorario alguno.
La propuesta detallará la estructura de honorarios aplicable (fija, variable, mixta, cuota litis cuando proceda y demás condiciones), gastos del proceso, cobertura por instancias y demás condiciones económicas.
11.3. Gastos del proceso
Los gastos propios del procedimiento (peritajes, tasas, copias autorizadas, traducciones, certificaciones, notificaciones especiales, etc.) son distintos del honorario profesional y, salvo pacto expreso en contrario, son de cargo del cliente. Estos gastos se informarán y aprobarán previamente cuando su monto sea significativo.
12. Alcance del encargo y compromiso profesional
Una vez constituida la relación abogado-cliente conforme al numeral 9 y aceptados los honorarios conforme al numeral 11, el Estudio asume el compromiso profesional de llevar el caso hasta agotar las vías judiciales razonables disponibles, según la naturaleza del asunto, dentro del marco del encargo aceptado.
Este compromiso incluye, según corresponda, la sostención del caso ante el tribunal de primera instancia, la presentación de los recursos ordinarios procedentes (apelación) y, cuando se trate del recurso de protección por cobertura de salud mental, la apelación ante la Excma. Corte Suprema. Se excluyen del compromiso recursos manifiestamente improcedentes, gestiones contrarias al interés del cliente o aquellas que la ley o la ética profesional impidan presentar.
Este compromiso de instancia se ejecuta sin perjuicio de las causales de término del servicio previstas en el numeral 14 y de las normas éticas y legales que rigen el ejercicio profesional.
13. Derechos del cliente bajo el marco regulatorio chileno
El cliente que contrata los servicios del Estudio goza de los derechos que el ordenamiento jurídico chileno reconoce a quienes contratan servicios profesionales de abogados, derivados, en particular, del Título XV del Código Orgánico de Tribunales (artículos 520 y siguientes), la Ley N° 18.120 sobre comparecencia en juicio, las normas penales sobre secreto profesional y los principios de ética profesional aplicables a la abogacía. Entre estos derechos se cuentan, sin que la enumeración sea taxativa:
- Derecho a un servicio prestado por profesional habilitado (artículo 520 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales): a que su asunto sea conducido por abogado con título profesional vigente y juramento prestado ante la Excma. Corte Suprema.
- Derecho al secreto profesional (artículo 360 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, artículo 303 del Código Procesal Penal y artículo 247 del Código Penal, entre otras normas concordantes): toda información que el cliente confíe al abogado en el marco del encargo profesional está amparada por el secreto profesional y no podrá ser revelada por el Estudio.
- Derecho a la lealtad e independencia profesional: el abogado debe actuar exclusivamente en interés del cliente y no puede defender simultáneamente intereses contradictorios, conforme a los principios de ética profesional recogidos en el Código de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Chile y a las normas comunes del mandato del Código Civil aplicables al mandato judicial (artículo 528 del Código Orgánico de Tribunales).
- Derecho a la diligencia profesional: a que el caso sea conducido con la dedicación, oportunidad y técnica que corresponden al ejercicio profesional de la abogacía.
- Derecho a información oportuna y veraz sobre el estado del caso, las actuaciones realizadas, las resoluciones dictadas y las decisiones estratégicas que deban adoptarse.
- Derecho a conocer y aceptar previamente los honorarios: ningún honorario será cobrado sin acuerdo escrito previo entre las partes, conforme al numeral 11 de estos Términos.
- Derecho a poner término al encargo profesional en cualquier momento, sin perjuicio del pago de los honorarios devengados hasta la fecha de término, conforme al acuerdo escrito suscrito y a las normas sobre patrocinio y poder de la Ley N° 18.120.
- Derecho a recibir copia de las principales presentaciones, escritos y resoluciones del caso.
Estos derechos se ejercen dentro del marco del encargo profesional efectivamente constituido conforme al numeral 9.
14. Causales de término del servicio
El encargo profesional podrá terminar anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de las obligaciones ya devengadas:
- Cumplimiento del objeto del encargo (fallo ejecutoriado u otra forma de cierre del caso).
- Desistimiento o renuncia del cliente, comunicada por escrito al Estudio.
- Renuncia del Estudio por causa justificada, conforme al artículo 1° inciso 4° de la Ley N° 18.120 y demás normas aplicables, dando aviso oportuno al patrocinado y manteniendo su responsabilidad hasta que transcurra el término de emplazamiento desde la notificación de la renuncia o se designe nuevo patrocinante, según corresponda.
- Conflicto de intereses sobreviniente que impida éticamente al Estudio mantener la representación.
- Incumplimiento grave por parte del cliente de obligaciones esenciales del acuerdo escrito (entre otras, falta de entrega de antecedentes indispensables, instrucciones contrarias a la ley o a la ética profesional, o impago de honorarios o gastos pactados).
- Pérdida sobreviniente de viabilidad del caso por antecedentes no informados oportunamente por el cliente.
- Fuerza mayor o caso fortuito que impida la prestación del servicio.
El término por cualquiera de estas causales no obsta al cumplimiento del compromiso de instancia previsto en el numeral 12 en lo no afectado por la causal invocada.
15. Política de comunicaciones
El canal oficial de comunicación con el Estudio es el correo electrónico abogados@saludprimero.cl, salvo que se acuerde uno distinto por escrito.
El Estudio responde las comunicaciones recibidas dentro de plazos razonables atendida la naturaleza del asunto y la carga procesal. Las comunicaciones referidas a hitos del procedimiento (presentaciones, resoluciones, vistas, fallos) se entregarán con la oportunidad que el caso requiera.
Las comunicaciones por canales no oficiales (redes sociales, mensajería instantánea, etc.) no se consideran comunicación oficial del Estudio, salvo acuerdo escrito específico.
16. No garantía de resultado
Todo procedimiento judicial es por naturaleza incierto. El Estudio actúa con la diligencia, técnica y profesionalismo que corresponden, pero no garantiza ni puede garantizar resultados judiciales. Las referencias a jurisprudencia, criterios y precedentes contenidas en el Sitio o en comunicaciones previas no aseguran que un caso particular obtenga un resultado análogo.
La obligación profesional asumida por el Estudio es de medios, no de resultado.
17. Confidencialidad
Toda información que el cliente comparta con el Estudio en el marco de la relación abogado-cliente es tratada con la confidencialidad propia del secreto profesional, en los términos del numeral 13. La obligación de confidencialidad se mantiene aún después de terminado el encargo.
Parte III — Disposiciones finales
18. Resolución de controversias
Las partes procurarán resolver de buena fe, mediante diálogo directo, cualquier diferencia que surja en la ejecución del encargo profesional. Agotada esa instancia, las controversias podrán someterse a mediación voluntaria.
En subsidio, las controversias se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de justicia con asiento en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las competencias especiales que la ley contemple.
19. Modificaciones
El Estudio podrá modificar estos Términos y Condiciones en cualquier momento. La versión vigente será siempre la publicada en esta página, con su fecha de última actualización. Los encargos profesionales en curso se rigen por los términos vigentes a la fecha de su contratación, salvo modificación expresa acordada por escrito entre las partes.
20. Legislación aplicable
Estos Términos y Condiciones se rigen por la ley chilena.